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Programa provincial de complemento de Vitamina D Artículo 18 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Programa provincial de complemento de Vitamina D Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 18. Recursos

El Poder Ejecutivo, debe incluir y garantizar las previsiones presupuestarias necesarias para su cumplimiento, garantizando los recursos necesarios para la constitución inicial del Fondo establecido por esta ley. A modo enunciativo y no taxativo, puede gestionar alguna o varias de las siguientes alternativas para la financiación del presente Programa:

a) financiamiento obtenido en virtud de la implementación de programas provenientes del Estado nacional, de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales;

b) fondos que resulten de la instrumentación de convenios de responsabilidad social empresaria, que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a suscribir;

c) las subvenciones, donaciones, legados, aportes y transferencias de otras reparticiones o de personas humanas o jurídicas, de organismos nacionales y/o internacionales;

d) los recursos no utilizados provenientes de ejercicios anteriores, y e) todo otro ingreso que se derive de la gestión pública.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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