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Programa de promoción y desarrollo industrial de Córdoba Artículo 27 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Programa de promoción y desarrollo industrial Córdoba
Artículo 27. Radicaciones en el Norte y en el Oeste Provincial

CUANDO la empresa promovida se encuentre radicada o se radique en los Departamentos Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Totoral, Cruz del Eje, Minas, Pocho, San Alberto o San Javier, los beneficios asignados a la misma -derivados del tipo de proyecto presentado- se incrementarán de la siguiente manera:

a) Si se tratara de la exención en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -o el que en el futuro lo sustituya-, en el de Sellos o en el Inmobiliario, el beneficio será acordado por el término de quince (15) años, y b) Si se tratara del subsidio a la mano de obra, el monto mensual previsto se incrementará en un cincuenta por ciento (50%).

El incremento en el porcentaje de los beneficios estipulado en el presente artículo no rige para el caso del subsidio por consumo de energía eléctrica ni por capacitación.

La Autoridad de Aplicación podrá extender, mediante resolución fundada, los beneficios previstos en este artículo a otros departamentos o pedanías provinciales cuando concurran razones que así lo justifiquen.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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