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Programa de Fomento e Incentivo a la Actividad Aeronáutica Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Programa de Fomento e Incentivo a la Actividad Aeronáutica Chaco
Artículo 5.

Determínase que en los convenios a suscribir por el presente régimen, los aeroclubes se comprometerán a:

a) Mantener habilitado el aeródromo en todo momento.

b) Cuidar y conservar los bienes que se le confían y destinarlos a fines aeronáuticos.

c) Atender las erogaciones que deban efectuarse para asegurar el buen estado de conservación y funcionamiento del aeroclub objeto del convenio, mantener las pistas de aterrizaje en perfectas condiciones y permanente balizadas.

d) Poner a disposición de la Provincia y de los municipios a su requerimiento, aeronaves y pilotos para casos de emergencia.

e) Llevar la documentación que requiera el organismo provincial competente.

f) Destinar el producido de la explotación del aeródromo a la conservación de éste y al fomento aeronáutico.



Provincia del Chaco Artículo 5 Programa de Fomento e Incentivo a la Actividad Aeronáutica
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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