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Programa de ferias itinerantes de abastecimiento barrial por Comuna Artículo 2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Programa de ferias itinerantes de abastecimiento barrial por Comuna Ciudad de Buenos Aires
Artículo 2.

Las FIAB deberán contemplar el expendio de todos los productos que se detallan a continuación: 1.-Productos frutihortícolas; 2.-Carnes vacunas y sus derivados; 3.-Carnes porcina, ovina y achuras; 4.-Productos de Granja; 5.-Pescados y mariscos; 6.-Lácteos, Fiambrería, Pastas Frescas, Embutidos; 7.-Almacén, aceites y bebidas no alcohólicas. Las FIAB también podrán contemplar el expendio de los siguientes productos: 1.-Productos Naturales (naturistas, dietéticos, orgánicos, envasados o a granel); 2.-Panadería y Confitería; 3.-Especias, cereales, legumbres, encurtidos y hierbas para infusiones; 4.-Artículos de limpieza y Bazar; 5.-Plantas naturales y artificiales; 6.-Productos y alimentos para mascotas. En todos los rubros alimenticios, se deberá contemplar la oferta de productos para celíacos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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