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Programa de Complemento Alimentario Saludable Artículo 6 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Programa de Complemento Alimentario Saludable La Pampa
Artículo 6.

Son deberes de la Autoridad de Aplicación:

a) Establecer la cantidad, cualidad y calidad de los alimentos que compongan el Programa de Complemento Alimentario Saludable, teniendo en cuenta los estándares difundidos por las Guías Alimentarias para la Población Argentina (Ministerio de Salud de la Nación, 2016) y conclusiones de la Reunión Nacional Alimentaria Escolar (Federación Argentina de Graduados en Nutrición, 2013).

b) Diseñar un listado de alimentos saludables, que deberá ser revisado y actualizado regularmente por la autoridad de aplicación.- c) Garantizar la educación Alimentaria Nutricional (EAN) actualizada.- d) Coordinar políticas multisectoriales para promover la actividad física.- e) Elaborar y difundir material educativo e implementar campañas permanentes de concientización con criterio pedagógico acorde a cada nivel educativo



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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