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Programa de cancelación de deuda para beneficiarios de créditos, viviendas Artículo 3 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Programa de cancelación de deuda para beneficiarios de créditos, viviendas Mendoza
Artículo 3.

La falta de pago en tiempo y forma de una de las cuotas convenidas, devengará automáticamente la rescisión del plan y pérdida del beneficio del descuento, en cuyo supuesto los importes nominales abonados se imputarán como pago a cuenta de la deuda que registraba al momento de la firma del plan de pago autorizado por esta Ley, debiendo continuarse regularmente con el cronograma de pago original.

La mora en todos los casos se producirá en forma automática, de pleno derecho, por el solo vencimiento del plazo y sin necesidad de requerimiento o emplazamiento previo alguno.



Provincia de Mendoza Artículo 3 Programa de cancelación de deuda para beneficiarios de créditos, viviendas y soluciones habitacionales construidas y financiadas por el Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.)
Artículo 1 2 3 4 5 ...8

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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