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Procedimiento laboral Artículo 62 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Procedimiento laboral Río Negro
Artículo 62. CONTESTACIÓN

La contestación se ajustará a las previsiones del artículo 31, ofreciendo, también el demandado, toda la prueba de que intente valerse.

No serán admitidas reconvención ni excepciones de previo y especial pronunciamiento.

Contestada la demanda, si hubiere hechos controvertidos, que no dieren lugar a lo previsto en el párrafo siguiente, se proveerá la prueba ofrecida.

Si el demandado negare el vínculo de derecho invocado por el actor, el expediente será archivado, salvo que en el término de cinco (5) días el actor interpusiere en el mismo proceso nueva demanda por el procedimiento reglado en los artículos 30 y siguientes.

Si durante la sustanciación se probare el vínculo laboral, el demandado será condenado en la sentencia a pagar a la otra parte, una multa de hasta el equivalente al treinta por ciento (30 %) del monto de la deuda.



Provincia de Río Negro Artículo 62 Procedimiento laboral en la provincia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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