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Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el año 2016 Artículo 14 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el año 2016 Córdoba
Artículo 14.

Fíjase en la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 1.706.400.000,00) el Presupuesto de Erogaciones de la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado para el ejercicio diciembre 2015 a noviembre 2016, estimándose en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 1.676.400.000,00) el Cálculo de Recursos destinado a financiarlo.

Estímase en la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000,00) el importe correspondiente a las Fuentes Financieras, de acuerdo con el detalle que obra en los anexos de la presente Ley.

Del total de las utilidades del inciso d) del artículo 21 del Estatuto de la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado, el NOVENTA Y SEIS COMA CINCUENTA POR CIENTO (96,50%) se destinará al Ministerio de Desarrollo Social y el TRES COMA CINCUENTA POR CIENTO (3,50%) restante a la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes creada por Ley Nº 9396.

Asimismo, fíjase en UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (1.444) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente correspondiente a la Lotería de la Provincia de Córdoba Sociedad del Estado para el ejercicio diciembre 2015 a noviembre 2016.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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