Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Provincial para el Ejercicio Fiscal 2015 (Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Provincial para el Ejercicio Fiscal 2015) Provincia de Río Negro
Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Provincial para el Ejercicio Fiscal 2015 Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Fíjase en la suma de pesos diez y nueve mil cincuenta y cuatro millones...
- Artículo 2. Estímase en la suma de pesos diez y nueve mil cincuenta y cuatro millones...
- Artículo 3. Los importes que en concepto de Gastos y Recursos Figurativos se incluyen en...
- Artículo 4. Estímase el Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento de acuerdo al detalle...
- Artículo 5. Estímase para el ejercicio fiscal 2015 un resultado primario positivo para...
- Artículo 6. Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y...
- Artículo 7. Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y...
- Artículo 8. Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y...
- Artículo 9. Apruébase el Presupuesto General de Gastos, Cálculo de Recursos y...
- Artículo 10. Estímase el Esquema Ahorro-Inversión-Financiamiento Consolidado del Sector...
- Artículo 11. Fíjase en trescientos ochenta (380) el número de cargos de la planta de...
- Artículo 12. Fíjase en noventa y nueve (99) el número de cargos de la planta de personal...
- Artículo 13. Fíjase en treinta y uno (31) el número de cargos de la planta de personal...
- Artículo 14. Fíjase en veintinueve (29) el número de cargos de la planta de personal...
- Artículo 15. Fíjase en dos mil seiscientos setenta y dos (2672) el número de cargos de la...
- Artículo 16. Fíjase en treinta y ocho mil ciento setenta y seis (38.176) el número de...
- Artículo 17. No se podrán aprobar incrementos en los cargos de la Administración Pública...
- Artículo 18. Salvo decisión fundada del Poder Ejecutivo, las Jurisdicciones y Entidades...
- Artículo 19. Modificaciones presupuestarias dentro de una jurisdicción. El Poder...
- Artículo 20. Modificaciones presupuestarias entre jurisdicciones. Facúltase al Poder...
- Artículo 21. Las jurisdicciones u organismos que excedan los límites fijados en las...
- Artículo 22. Establécese que los fondos con destinos específicos fijados por leyes...
- Artículo 23. El Ministerio de Economía fijará los cupos de asignación de los fondos con...
- Artículo 24. Los titulares de los distintos ministerios y de las Secretarías de Estado,...
- Artículo 25. Los gastos financiados con recursos específicos no se podrán comprometer...
- Artículo 26. Los créditos asignados a la Partida Principal Personal no podrán...
- Artículo 27. Los créditos asignados a la Partida Principal 400 - Bienes de Uso, y a las...
- Artículo 28. Facúltase a la Secretaría de Hacienda, dependiente del Ministerio de...
- Artículo 29. El Presidente de la Legislatura de la Provincia, podrá disponer las...
- Artículo 30. El Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General podrán disponer o...
- Artículo 31. No podrá designarse personal de planta ni jornalizados en funciones...
- Artículo 32. La facultad de designar personal de obra no será delegable en los directores...
- Artículo 33. En la Administración Central, Organismos Descentralizados, Entes de...
- Artículo 34. Exceptúase de lo dispuesto en el artículo precedente, con sujeción a lo...
- Artículo 35. Facúltase al Ministerio de Economía a disponer la afectación de los créditos...
- Artículo 36. Facúltase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a requerir los...
- Artículo 37. De los incrementos presupuestarios de los recursos. Facúltase al Poder...
- Artículo 38. El Poder Ejecutivo transferirá a Rentas Generales los remanentes financieros...
- Artículo 39. Autorízase al Poder Ejecutivo a disminuir la asignación de recursos del...
- Artículo 40. Autorízase al Poder Ejecutivo, en el caso de no cumplirse las previsiones...
- Artículo 41. Dispónese para el ejercicio fiscal 2015, que el Recurso 12.327 - Canon...
- Artículo 42. Fíjase como crédito para financiar los gastos de funcionamiento, inversión y...
- Artículo 43. Las deudas contraídas por la Administración Central con organismos...
- Artículo 44. Los organismos autárquicos no podrán contraer deudas, ni afectar bienes, sin...
- Artículo 45. Establécese la suma de pesos sesenta y tres millones setecientos treinta y...
- Artículo 46. Facúltase al Poder Ejecutivo a solicitar al Estado Nacional adelantos...
- Artículo 47. Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar las partidas de amortización de...
- Artículo 48. Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar las partidas de amortización de...
- Artículo 49. Autorízase a la Tesorería General de la Provincia, a librar cheques de pago...
- Artículo 50. Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir letras de Tesorería por hasta un...
- Artículo 51. Facúltase al Poder Ejecutivo a afectar los Recursos del Régimen de...
- Artículo 52. Detállanse en las planillas anexas n° 1, 2, 5, 6, 9, 10, 13, 14 y 21,...
- Artículo 53. Detállanse en las planillas anexas n° 3, 7 y 11, los importes...
- Artículo 54. Detállanse en las planillas anexas n° 4, 8 y 12, los importes...
- Artículo 55. Detállanse en las planillas anexas n° 15, 16, 17, 18, 19 y 20 los...
- Artículo 56. El titular del Poder Ejecutivo distribuirá los créditos de la presente ley...
- Artículo 57. La ley de presupuesto prevalece sobre toda otra ley que disponga o autorice...
- Artículo 58. El Ministerio de Economía queda facultado para requerir a las jurisdicciones...
- Artículo 59. Facúltase al Ministerio de Economía a reglamentar la presente ley y a la...
- Artículo 60. Prorróganse por un (1) año los plazos previstos en el Artículo 18 inciso h)...
- Artículo 61. Los cargos y organismos contemplados en los artículos 43 al 54 inclusive de...
- Artículo 62. Suspéndese para el ejercicio fiscal 2015, la vigencia del último párrafo del...
- Artículo 63. Adhiérese a la prórroga establecida en el Artículo 52 de la ley nacional...
- Artículo 64. Modifícase el Artículo 11 de la ley N° 4924, el cual queda redactado de...
- Artículo 65. La presente ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2015, con...
- Artículo 66. Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Otras regulaciones
Baños instalados en los edificios públicos o privados para el uso de personas en espera Se distinguen con el título de Ciudadanos Ilustres Se otorga carácter de fiesta provincial a la Fiesta del Chorizo Casero Vehículo automotor. Obligatoriedad del grabado indeleble del dominio Autoriza al Poder Ejecutivo a donar a la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial S. A., un inmueble en la localidad de CatrielMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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