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Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno Artículo 15 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno Ciudad de Buenos Aires
Artículo 15.

En caso de producirse cualquiera de los supuestos previstos en el artículo precedente, el contratista, proveedor o concesionario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que fehacientemente probare haber incurrido con motivo del contrato, con el alcance y en las formas que determine el organismo contratante.

Los reembolsos de los gastos reconocidos en el marco de la Ley N° 6.301 durante los años 2020 y 2021 se harán efectivos de acuerdo a la disponibilidad financiera. Los reembolsos reconocidos durante la vigencia de la presente, se harán efectivos una vez concluida la vigencia de la situación de emergencia Económica y Financiera prorrogada por la presente ley y de acuerdo a la disponibilidad financiera.

No se hará lugar a reclamación alguna por lucro cesante ni por intereses de capitales requeridos para financiación.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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