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Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming, Cibera Artículo 4 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming, Ciberacoso o Ciberbullyng Mendoza
Artículo 4.

La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo y tendrá a su cargo: a) La creación de cartillas y folletos digitales informativos. b) La incorporación de cartillas y folletos digitales informativos a la página web de la Dirección General de Escuelas que deberá contar con:

1) Información que señale el desarrollo de la problemática en la Provincia de Mendoza como también información relativa a otras provincias y el país, promoviendo de esta manera el conocimiento de los mecanismos usados para cometer estos delitos. También herramientas que permitan a los adultos-tutores, padres, educadores, poder prevenir e identificar situaciones peligrosas.

2) Filtro de contenidos: la página web contará con la posibilidad de descargar, de manera fácil y gratuita un filtro de contenidos que, con el fin de que se disminuyan las posibilidades de que niños, niñas y adolescentes sufran cualquier acción contra su integridad sexual y/o psicológica. c) Creación de Talleres Provinciales: Prevención contra el "GROOMING" y/o "CIBERACOSO o CIBERBULLYNG", cuyos contenidos serán definidos por la Dirección General de Escuelas, teniendo como objetivos primordiales los siguientes:

Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 18 de Diciembre de 2018 Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica 1) Concientizar a la comunidad educativa acerca de estos nuevos flagelos.

2) Desarrollar mecanismos de prevención y capacitación para que puedan ser detectadas las mencionadas situaciones de peligro del artículo 2º de la presente ley.

3) Proporcionar información necesaria a cada uno de los establecimientos educativos.

4) Fomentar los valores basados en el respeto por la diferencia, igualdad y tolerancia. d) La formación de docentes en la temática. e) Distribución de las cartillas y folletos digitales informativos a Clubes de barrio, Sociedades de fomento y ONG relacionadas con los derechos de niños, niñas y adolescentes, relevando el informe correspondiente que corrobore la distribución de los mismos. f) Seguimiento y evaluación del desarrollo de las actividades programadas.



Provincia de Mendoza Artículo 4 Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming, Ciberacoso o Ciberbullyng RACOSO o CIBERBULLYNG
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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