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Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez Artículo 14 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez Ciudad de Buenos Aires
Artículo 14. Usuarios

Las personas físicas y/o jurídicas que efectúen inversiones en infraestructura en el Autódromo relacionadas directamente al cumplimiento del Plan Integral y que no revistan el carácter de fiduciantes, podrán gozar de los beneficios fiscales previstos en el presente capítulo por los montos efectivamente desembolsados, previa conformidad expresa de la autoridad de aplicación, la que debe a esos efectos verificar el cumplimiento de los extremos previstos en el presente capítulo y los que se determine en la reglamentación y en el Capítulo 3°. A fin de gozar de los beneficios previstos en el presente capítulo, los usuarios deberán encontrarse inscriptos en el Registro, en el modo y forma que determine la reglamentación.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 14 Plan integral para la recuperación del autódromo Oscar y Juan Galvez
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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