Plan de Transformación Pública Digital, Tecnologías de Registros Distribuidos y Blockchain (Plan de Transformación Pública Digital, Tecnologías de Registros Distribuidos y Blockchain) Provincia de Santa Cruz
Plan de Transformación Pública Digital, Tecnologías de Registros Distribuidos y Blockchain Provincia de Santa Cruz
- CAPÍTULO I OBJETO, ALCANCE Y OBJETIVOS
- Artículo 1. CRÉASE el "Plan de Transformación Pública Digital, Tecnologías de Registros...
- Artículo 2. DECLÁRASE de Interés Provincial el "Plan de Transformación Pública Digital,...
- Artículo 3. Son objetivos específicos de la presente: a) profundizar la...
- CAPÍTULO II LAS ACTIVIDADES
- Artículo 4. AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a crear programas y proyectos...
- Artículo 5. PROMÚEVESE en el ámbito de la provincia de Santa Cruz el fomento, la...
- Artículo 6. FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a realizar procesamiento de datos...
- Artículo 7. FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar la gestión y...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo Provincial podrá hacer uso de tecnologías de registros...
- Artículo 9. FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a desarrollar plataformas e...
- Artículo 10. PROMÚEVESE la participación del Estado Provincial en actividades de difusión,...
- Artículo 11. PROMÚEVESE la interacción y cooperación entre los Poderes Ejecutivo,...
- CAPÍTULO III CERTIFICACIÓN VERDE
- Artículo 12. AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a través de la Secretaría de Estado...
- Artículo 13. La Secretaría de Estado de Ambiente de la provincia de Santa Cruz y/o el...
- Artículo 14. Si se tratare de proyectos encuadrados en disposiciones legales específicas,...
- CAPÍTULO IV FOMENTO DE FORMACIÓN DE CONOCIMIENTO EN TECNOLOGÍAS EMERGENTES
- Artículo 15. FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a fomentar la implementación de...
- Artículo 16. ESTABLÉCESE que los objetivos de las políticas educativas deberán ser...
- CAPÍTULO V AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 17. El Poder Ejecutivo Provincial determinará la Autoridad de Aplicación de la...
- Artículo 18. AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar acuerdos de cooperación...
- CAPÍTULO VI DISPOSICIONES VARIAS
- Artículo 19. AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a realizar la reestructuraciones y...
- Artículo 20. INCORPORASE como Anexo I el Glosario de referencias técnicas a los fines de...
- Artículo 21. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y...
Otras regulaciones
Aprobación de Convenio para la ampliación de edificio de Juzgado de Paz de El Chalten Aprobación activos financieros año 2009 Cambio de denominación de los Juzgados de Primera Instancia del Menor y de los Juzgados de Instrucción y del Menor Ley Provincial de protección para la preservación al Patrimonio Documental y a los archivos Transferencia de tierras a favor de la Municipalidad de PuertoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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