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Plan Castello Artículo 9 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Plan Castello Río Negro
Artículo 9.

Se crea el "Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello", cuyo objeto será el financiamiento de las obras de inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integración provincial descriptas en el Anexo I de la presente.

Las facultades, deberes, atribuciones y demás cuestiones inherentes al funcionamiento del mencionado fondo, serán establecidos por vía reglamentaria en un plazo de noventa (90) días desde la entrada en vigencia de la presente.

En la selección del Agente Fiduciario participará la Comisión Especial creada en el artículo 6° de la presente, evaluando aspectos relacionados con experiencia, antecedentes, costos y comisiones de funcionamiento, entre otros.

Se excluye expresamente la posibilidad de operar como Agente Fiduciario de la presente ley, a firmas con participación estatal rionegrina mayoritaria.



Provincia de Río Negro Artículo 9 Plan Castello
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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