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Parlamento Joven Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Parlamento Joven del Chaco Chaco
Artículo 5. Objetivos

La presente ley tendrá por objetivos desarrollar en establecimientos educativos de nivel medio, público y privados, los siguientes:

a) Promover una acción transformadora en la que los jóvenes sean protagonistas, recreando un espacio que nazca en la escuela y trascienda hacia la sociedad en su conjunto.

b) Estimular en los jóvenes adolescentes que se encuentren prontos a ejercer su derecho a elegir en las urnas, las prácticas democráticas y republicanas, fomentando la participación ciudadana, principios humanísticos y solidarios en un marco de tolerancia, respeto y búsqueda de consensos.

c) Dotar a los alumnos y docentes de herramientas necesarias para presentar y elaborar proyectos que sirvan para mejorar la calidad de vida de la comunidad.

d) Brindar a los jóvenes adolescentes un espacio institucional y garantizarle un canal público donde puedan expresar y plasmar sus ideas e inquietudes.

e) Introducir a los jóvenes adolescentes en el proceso de discusión y elaboración de políticas públicas en materia de juventud, considerando su relación con los derechos y deberes que competen durante la transición en su vida adulta.

f) Fortalecer espacios de expresión, otorgándoles la oportunidad de poder opinar, consensuar y decidir sobre cuestiones que afectan su vida cotidiana, potenciando su participación ciudadana.

g) Promover la identificación y priorización de los problemas planteados por los jóvenes adolescentes con el fin de favorecer la implementación de proyectos que mejoren su calidad de vida.

h) Impulsar la "Cultura de Legalidad" entre los jóvenes adolescentes.

i) Procurar la formación de los jóvenes adolescentes, buscando fortalecer y recuperar los valores sociales, cívicos e institucionales, generando para ello la vinculación con los adultos, mayores de familia, de su escuela y de su sociedad.



Provincia del Chaco Artículo 5 Créase con carácter permanente el Parlamento Joven
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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