Obligación y deberes de entidades que contraten con OSEP en representación colectiva de prestadores Artículo 7 Provincia de Catamarca
Obligación y deberes de entidades que contraten con OSEP en representación colectiva de prestadores Catamarca
Artículo 7. Sanciones
La configuración de las causales previstas en el Artículo 5°, por parte de prestadores de la OSEP, incluidos en convenios celebrados con entidades que los representen, hace nacer en cabeza de tales entidades la obligación de aplicar las sanciones previstas en el Artículo 21 de la Ley 3.509 (Ley de Creación de OSEP) y de conformidad al procedimiento que éste establece.En caso que la entidad que representa a los prestadores sea remisa o se niegue a aplicar las sanciones previstas en el Artículo 21 de la Ley 3.509, la OSEP queda facultada de pleno derecho a:
a) Disponer la recisión del convenio celebrado con la entidad que representa a los prestadores, por incumplimiento reiterado atribuible a la misma;
b) Habilitar o poner en funcionamiento el registro individual de prestadores celebrando convenios individualmente con cada uno de ellos;
c) Contratar con otras entidades o establecimientos sanitario -asistenciales que ofrezcan la prestación de servicios de salud y cuenten con profesionales idóneos al afecto;
d) Sancionar en forma directa al prestador que se encontrare incurso en las causales establecidas en el Artículo 5°.
Provincia de Catamarca Artículo 7 Obligación y deberes de entidades que contraten con OSEP en representación colectiva de prestadores y de los prestadores que contratan directa e individualmente con la Obra Social
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios