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Ley orgánica notarial Artículo 158 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley orgánica notarial Neuquén
Artículo 158.

La Comisión Permanente de Ética Profesional está conformada por cinco miembros, debiendo propender a respetar la paridad de género, de los cuales tres serán exintegrantes de Consejos Directivos del Colegio o escribanos que posean una antigüedad en el ejercicio de la profesión, no menor de quince años y los dos restantes, escribanos que posean una antigüedad en el ejercicio de la profesión no menor a diez años.

Todos sus integrantes se desempeñan de manera ad honorem. Los mismos permanecen en sus funciones durante dos años, pueden ser reelegidos en período consecutivo por una única vez y son elegidos conjuntamente con la renovación del Consejo Directivo.



Provincia del Neuquén Artículo 158 Ley orgánica notarial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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