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Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Artículo 67 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Mendoza
Artículo 67. Sanciones

Las violaciones o incumplimientos a las Leyes de Seguridad Vial Nº 9.024, a la Ley de Transporte Nº 6.082, a las disposiciones de la presente Ley, a sus normas reglamentarias, normas vigentes en la materia y a las Leyes Impositivas de la Provincia, cometidas por los prestadores de todos los servicios de transporte de pasajeros en cualquiera de sus formas, sean concesionarios, permisionarios, licenciatarios, autorizados o prestadores no autorizados o clandestinos, serán sancionados de acuerdo con la gravedad del hecho. A tal fin, el E.Mo.P. aplicará las siguientes sanciones:

a) Apercibimiento.

b) Multas desde cien (100) Unidades Fijas (U.F.) hasta ciento treintal mil (130.000) Unidades Fijas (U.F.), de acuerdo con el valor establecido por el artículo 85 de la Ley Nº 9.024 y a la actualización anual que determine la Ley impositiva.

c) Secuestro de los medios afectados a la explotación, a los efectos de hacer cesar la infracción.

d) Intervención administrativa e incautación de las unidades de las empresas concesionarias del Servicio Público de Transporte de Pasajeros, para asegurar la continuidad y regularidad del servicio, con notificación e intervención de la Secretaría de Servicios Públicos.

e) Aconsejar y promover ante la Secretaría de Servicios Públicos la declaración de caducidad de la concesión.

f) Aconsejar y promover ante la Secretaría de Servicios Públicos la revocación de los permisos, licencias o autorizaciones. En ningún caso la aplicación de la sanción podrá afectar la normal prestación del servicio.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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