Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Artículo 42 Provincia de Mendoza
Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Mendoza
Artículo 42. Audiencia Pública
En las situaciones previstas en el presente Capítulo, el Ente Provincial Regulador del Transporte Público de Pasajeros podrá convocar a Audiencia Pública a las partes interesadas, a los usuarios y a la población en general. La convocatoria indicará el tema, el día, el lugar de reunión y el procedimiento y se efectuará mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación general en la Provincia.
Los edictos deberán publicarse por lo menos con Cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha prevista para la audiencia.
Provincia de Mendoza Artículo 42 Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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