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Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Artículo 17 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley marco para la administración, planificación y regulación del transporte público de pasajeros Mendoza
Artículo 17. Designación y Duración

Los miembros del Directorio serán designados de la siguiente forma:

a) El Presidente por el Poder Ejecutivo y su mandato no deberá exceder el mandato del Gobernador que lo designó.

b) Los dos (2) Directores Vocales serán seleccionados por concurso público y designado por el Poder Ejecutivo. Los tres (3) Directores deberán contar con acuerdo del H. Senado de la Provincia. El mandato de los dos (2) Directores Vocales durará cuatro (4) años y podrá ser renovado por un único período. A los efectos del acuerdo del H.

Senado de la Provincia el mismo se considerará prestado en sentido positivo, si dicho Cuerpo no se pronunciara en el término de treinta (30) días corridos desde la recepción de los pliegos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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