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Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Artículo 7 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Catamarca
Artículo 7.

El Impuesto a los Automotores establecido en el Título Segundo del Libro Segundo del Código Tributario se abonará, en la forma y condiciones establecidas en el presente Capítulo.

El impuesto resultará de aplicar la escala de alícuotas establecidas en el Artículo 10° sobre el valor fijado por la Administración General de Rentas al 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior.

Para las valuaciones se tomarán como referencia las que publica la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios o en su defecto, por otros organismos oficiales, entidades públicas, privadas o por los valores vigentes en plaza.

A tales efectos la Administración General de Rentas podrá establecer índices promedios y coeficientes de relación a fin de asimilar equivalencias entre los diferentes rodados y establecer la base de imposición.

Provincia de Catamarca Artículo 7 Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019
Artículo 1 ...5 6 7 8 9 ...57

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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