Imprimir

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Artículo 14 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Catamarca
Artículo 14.

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo anterior, establecer las alícuotas aplicables para las actividades que, identificadas por códigos de actividad, se detallan a continuación:

CÓDIGO ACTIVIDAD PRIMARIA ALÍCUOTA %

11000 Agricultura y Ganadería 0,00

11001 Cultivo de soja, trigo, maíz,
sorgo granífero, poroto,
papa, garbanzo, girasol. 0,75

11002 Cría y explotación de aves 0,00

11003 Cría y explotación de animales no 0,00
clasificados
11004 Cultivo de plantas y flores 0,75

11100 Servicios de engorde (feed-lot) en
establecimientos agropecuarios 3,00

11101 Servicios de Fumigación, aspersión
y pulverización 3,00

11102 Servicios de Roturación y siembra 3,00

11103 Servicios de Cosecha y recolección
de cultivos 3,00

11104 Servicios agropecuarios no
clasificados en otra parte 3,00

12000 Silvicultura y extracción de maderas 0,00

13000 Caza ordinaria mediante trampas y
repoblación de animales 0,00

14000 Pesca 0,00

21000 Explotación de minas de carbón 0,75

22000 Extracción de minerales metálicos 0,75

23000 Extracción de petróleo crudo y gas
natural 1,33

24000 Extracción de piedras, arcilla
y arena 0,75

29000 Extracción de minerales no metálicos,
no clasificados en otra parte y
explotación de Canteras 0,75


Las alícuotas consignadas para las actividades comprendidas en los códigos 11001, 11004, 21000, 22000, 29000 y sus equivalentes codificación en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), aprobado por Resolución General -CA N° 7/2017 y sus modificatorias de la comisión arbitral-, no serán alcanzadas por lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias.

CÓDIGO INDUSTRIAS ALÍCUOTA %

31000 Industrias manufactureras de
productos alimenticios, bebidas y
tabacos,excepto la comercialización minorista 1,50

32000 Fabricación de textiles, prendas de
vestir e industrias del cuero 1,50

33000 Industria de la madera y del producto de
la madera 1,50

34000 Fabricación de papel y productos de
papel 1,50

34001 Imprentas 1,50

34002 Editoriales de libros, apuntes, diarios,
periódicos y revistas, con o sin talleres
propios 1,50

35000 Fabricación de sustancias químicas,
productos químicos y combustibles y
gas derivado del petróleo y del carbón
de caucho y de plástico 1,50

36000 Fabricación de productos minerales no
metálicos, excepto derivados del
petróleo y del carbón 1,50

37000 Industrias metálicas básicas 1,50

38000 Fabricación de productos metálicos,
maquinarias y equipos 1,50

39000 Otras industrias manufactureras 1,50

Las alícuotas de las actividades comprendidas en los códigos 31000 al 39000 y sus equivalentes codificación - NAES-, no serán alcanzadas por lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias.

CÓDIGO CONSTRUCCIONES ALÍCUOTA %

40000 Construcción 2,50

40001 Construcción de Vivienda 2,50

Las alícuotas consignadas para las actividades comprendidas en los códigos 40000 al 40001 y sus equivalentes codificación - NAES-, no serán alcanzadas por lo establecido en el Art. 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias.

CÓDIGO ELECTRICIDAD, GAS, AGUA ALÍCUOTA %

50000 Electricidad, Gas y Agua.
Transporte, distribución y venta 3,30

50001 Generación de electricidad, gas y agua 1,70

Las alícuotas para las actividades comprendidas en los códigos 50000 al 50001 y sus equivalentes codificación -NAES-, incrementadas conforme los términos del Art. 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias, no podrán ser superiores al tres con setenta y cinco por ciento (3,75%).

CÓDIGO COMERCIO POR MAYOR ALÍCUOTA %

61100 Productos agropecuarios, forestales,
de la pesca y minería 2,50

61101 Operaciones de intermediación de reses.
Matarifes 2,50

61102 Mera compra de productos agropecuarios,
forestales, frutos del país y mineros 2,50

61200 Alimentos y bebidas 2,50

61201 Venta mayorista de tabaco,
cigarrillos y cigarros 5,50

61202 Venta de fiambres, embutidos y
chacinados 2,50

61203 Venta de Aves y huevos 2,50

61204 Venta de productos lácteos 2,50

61205 Acopio y venta de frutas, legumbres,
hortalizas, plantas y flores 2,50

61206 Distribución y venta de chocolates,
productos a base de cacao y productos
de confitería (incluye caramelos, frutas
confitadas, pastillas, gomas de mascar,
etc.) 2,50

61207 Acopio, distribución y venta de
productos alimentarios en general,
almacenes y supermercados al por
mayor de productos alimentarios 2,50

61208 Fraccionamiento, distribución y venta de
vinos 3,70

61209 Distribución y venta de cerveza y/o
bebidas malteadas 3,70

61210 Distribución y venta de bebidas no
alcohólicas y aguas gaseosas (incluye
bebidas refrescantes, jarabes,
extractos, concentrados, etc.) 2,50

61211 Distribución y venta de bebidas no
clasificadas 2,50

61212 Distribución y venta de bebidas
alcohólicas en general 3,70

61300 Textiles, confecciones, cueros y pieles 2,50

61400 Artículos gráficos, maderas, papel y
cartón 2,50

61401 Edición, distribución y venta de libros.
Editoriales sin impresión 0,00

61402 Distribución y venta de diarios y revistas 0,00

61500 Productos químicos derivados del
petróleo y artículos de caucho y plásticos 2,50

61501 Distribución y venta de productos de
farmacia, medicinales y uso veterinario 2,50

61502 Distribución y venta de artículos de
limpieza 2,50

61600 Artículos para el hogar en general 2,50

61601 Venta de materiales para la
construcción (incluidos sanitarios) 2,50

61700 Metales, hierro y acero 2,50

61800 Maquinarias y aparatos 2,50

61801 Vehículos nuevos 2,50

61802 Distribución y venta de repuestos y
accesorios para vehículos 2,50

61803 Distribución y venta de máquinas de
oficina, computadoras, accesorios e
insumos. 2,50

61804 Venta de Motocicletas 3,10

61900 Otros comercios mayoristas no
clasificados en otra parte (excepto
acopiadores de productos agropecuarios
y la comercialización de los billetes de
lotería y juegos de azar autorizados) 2,50

61901 Acopiadores de productosagropecuarios
que opten por abonar el impuesto conforme
a las previsiones del cuarto párrafo del
Artículo 178°del Código Tributario 5,156

61902 Comercialización de billetes de lotería y
juegos de azar autorizados 7,00

61903 Actividades especificadas en los incisos
h) e i) del Artículo 179° del Código
Tributario cuando ejerzan la opción del
tercer párrafo del Artículo178°de dicho
instrumento legal 5,156


Los contribuyentes que desarrollan las actividades comprendidas en los códigos: 61101, 61200, 61202, 61203, 61204, 61205, 61206, 61207, 61210, 61211, 61300, 61400, 61500, 61502, 61600, 61601, 61700, 61800, 61801, 61802, 61803 y 61900, como sus equivalentes codificación -en el Régimen del Convenio Multilateral-, la alícuota será del TRES POR CIENTO (3,00%), cuando el total de sus ingresos mensuales incluidos los correspondientes a actividades exentas y/o no gravadas, cualesquiera sean las jurisdicciones donde se lleven a cabo las mismas superen la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 17.400.000). Ello, sin perjuicio de la aplicación del Artículo 4º de la Ley 5083- y sus modificatorias-, cuando correspondiera.

Las alícuotas de las actividades comprendidas en los códigos 61208, 61209, 61212 y sus equivalentes codificación - NAES-, incrementadas conforme los términos del artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias, no excederán la alícuota de tributación del cinco por ciento (5,0%).

El código 61501 y su equivalente codificación NAES, -, incrementada conforme los términos del artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias, no excederá la alícuota de tributación del tres con setenta y cinco por ciento (3,75%).

CÓDIGO COMERCIO POR MENOR ALICUOTA %

62100 Alimentos y bebidas 3,00

62101 Venta minorista de tabacos, cigarrillos
y Cigarros 5,00

62102 Venta de carnes y derivados 3,00

62103 Venta de aves y huevos, animales de
corral y caza y otros productos de
granja 3,00

62104 Venta de fiambres y comidas
preparadas. Rotiserías 3,00

62105 Venta de productos lácteos 3,00

62106 Productos de molinería, pan y pastas 3,00

62107 Venta de frutas, legumbres y hortalizas.
Verdulerías y fruterías 3,00

62108 Venta de productos en general en
almacenes, supermercados y autoservicios 3,00

62109 Venta de bombones, golosinas y otros
artículos de confitería 3,00

62110 Venta de pescados y otros productos
marinos fluviales y lacustres 3,00

62111 Otros productos de consumo inmediato 3,00

62200 Indumentaria 3,00

62201 Venta de calzados 3,00

62202 Venta de artículos de deportes, equipos
e indumentarias deportivas 3,00

62203 Venta de artículos de mercería y de
artículos de bijouterie, regalería y/o
marroquinería 3,00

62300 Artículos para el hogar 3,00

62301 Venta de muebles y accesorios 3,00

62302 Venta de instrumentos musicales,
discos, DVD, similares, etc. 3,00

62303 Venta de artículos de juguetería y
cotillón 3,00

62304 Venta de artículos de bazar y menajes 3,00

62305 Venta de flores, plantas naturales y
artificiales. Viveros 3,00

62400 Papelería, librería, artículos para
oficinas y escolares 3,00

62401 Venta de máquinas de oficina, cálculos,
contabilidad. Equipos computadores,
máquinas de escribir, registradoras, etc.
y sus componentes y repuestos 3,00

62402 Distribución y venta de diarios y
revistas. Incluye medios digitales 0,00

62500 Perfumería y artículos de tocador 3,00

62501 Productos medicinales 2,50

62502 Otros productos de la industria química 2,50

62503 Venta de productos medicinales para
animales. Veterinarias 3,00

62504 Venta de semillas, abonos y plaguicidas 3,00

62505 Herboristerías 3,00

62506 Venta de artículos de limpieza 3,00

62507 Venta de artículos de electricidad 3,00

62600 Ferretería 3,00

62601 Venta de pinturas, barnices, lacas,
esmaltes, etc., excepto maquinarias 3,00

62602 Venta de armas y artículos de
cuchillería, caza y pesca 3,00

62603 Venta de materiales para la
construcción, incluido sanitarios 3,00

62604 Venta de vidrios 3,00

62605 Cerrajería 3,00

62700 Vehículos nuevos 2,25

62701 Vehículos especificados en el Artículo
171º del Código Tributario 5,00

62702 Venta de motocicletas 3,70


62800 Venta de máquinas, motores y sus
repuestos 3,00

62801 Venta de repuestos y accesorios para
vehículos automóviles 3,00

62802 Venta de cámaras y cubiertas (incluye
las que poseen anexo de recapados) 3,00

62803 Venta de equipo profesional y científico
e instrumentos de medida y de control 3,00

62804 Venta de aparatos fotográficos, artículos
de fotografía e instrumentos de óptica 3,00

62805 Venta de joyas, relojes y artículos
conexos 3,00

62806 Venta de antigüedades, objetos de arte
y de segundo uso 3,00

62900 Otros comercios minoristas no
clasificados en otra parte 3,00

62902 Comercialización de billetes de lotería y
juegos de azar autorizados 7,00

62903 Casinos y Salas de Juego 7,00

62904 Venta Ambulante o locales transitorios 3,00


El código 62700 y su equivalente codificación NAES, - incrementada conforme los términos del Artículo 4° de la Ley 5083 y sus modificatorias, no excederá la alícuota de tributación del tres por ciento (3%).

El código 62702 y su equivalente codificación NAES, - incrementada conforme los términos del Artículo 4° de la Ley 5083 y sus modificatorias, no excederá la alícuota de tributación del cinco por ciento (5%).

CÓDIGO RESTAURANTES Y HOTELES ALÍCUOTA %

63100 Restaurantes y otros establecimientos
que expendan bebidas y comidas
(excepto boites, cabarets, café concert,
dancings, night clubs y establecimientos
de análogas actividades, cualquiera sea su denominación) 3,00

63101 Expendio de comidas y bebidas para
consumo inmediato en el lugar 3,00

63200 Hoteles y otros lugares de
alojamiento(excepto hoteles alojamiento
transitorio, casas de citas y
establecimientos similares cualquiera
sea la denominación utilizada) 3,00

63201 Hoteles alojamiento por hora, casa de
citas, saunas y establecimientos
similares, cualquiera sea la denominación
utilizada 4,50

63202 Pensiones 3,00

63203 Servicios prestados en campamentos y
otros lugares no clasificados 3,00


La alícuota consignada para la actividad comprendida en el Código 63201 y su equivalente codificación NAES, no será alcanzada por lo establecido en el Artículo 4° de la Ley 5083 y sus modificatorias.

CÓDIGO ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES ALICUOTA %

71100 Transporte terrestre de pasajeros 2,00

71101 Transporte de pasajeros en taxímetros y
remises 2,00

71102 Transporte urbano, suburbano e
interurbano de pasajeros 2,00

71103 Transporte de pasajeros a larga
distancia por carretera 2,00

71104 Transporte de pasajeros no clasificados
en otra parte (incluye transporte de
turismo, escolares, servicio puerta a
puerta, etc.) 2,00

71200 Transporte terrestre de carga 2,00

71201 Servicio de mudanzas 2,00

71202 Transporte de valores, documentación,
encomiendas y similares 2,00

71203 Transporte de sustancias peligrosas
-incluye explosivos 2,00

71300 Transporte por agua 2,00

71400 Transporte aéreo 2,00

71500 Servicios relacionados con el transporte
excepto agencias de turismo 2,00

71501 Agencias o empresas de turismo:
ingresos derivados por su
intermediación, según lo prevé el
Artículo 175°del Código Tributario 5,00

71502 Servicios prestados por agencias de
turismo 3,00

71503 Servicios de playas de estacionamientos y/o
garajes 3,00

71504 Servicios de lavado manual, semiautomático-
automático de automotores 3,00

71505 Agencias de remises y/o taxímetros:
ingresos derivados por su intermediación, según
lo prevé el Artículo 175°del Código Tributario 5,00

71506 Servicios prestados por agencias de remises 3,00

71507 Agentes de carga internacional, entendiéndose por
tales a aquellas personas jurídicas o humanas que
estando inscriptas como agentes de transporte
aduanero ante la Administración Federal de Ingresos
Públicos o el organismo competente en materia
aduanera, sean proveedores de servicios logísticos
en todo lo relacionado con los movimientos de
carga nacional y/o internacional, con estructura
propia y/o de terceros, coordinando y organizando embarques nacionales y/o internacionales,
consolidación y/o desconsolidación de cargas,
depósitos de mercadería embalajes y demás servicios conexos al transporte internacional 3,00

72000 Depósito y almacenamiento 3,00

73000 Comunicaciones por correo, telegráfico y telex 4,00

73001 Comunicaciones telefónicas 4,00

73002 Comunicaciones no clasificadas en otra parte 4,00

73003 Servicios de telefonía móvil 6,50

73004 Servicios de Call Center 3,00

73005 Servicios y Ventas prestados a través de Internet 3,00


Las alícuotas de las actividades comprendidas en los códigos 71100, 71101, 71102, 71103, 71104, 71200, 71201, 71202, 71203, 71300, 71400, 71500, 73000, 73001, 73002 y 73003; y sus equivalentes codificación - NAES-, no será alcanzada por el incremento establecido en el Artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias.

CÓDIGO SERVICIOS PRESTADOS AL PÚBLICO ALICUOTA %

82100 Educación privada o especializada
cualquier nivel 2,50

82200 Institutos científicos y de
investigaciones 2,50

82300 Servicios médicos y odontológicos,
organizados o no en forma de empresas 2,50

82301 Servicios de análisis clínicos. Laboratorios 2,50

82302 Servicios de asistencia médica no
clasificada 2,50

82303 Servicios de Veterinaria y Agronomía 2,50

82304 Servicios de Saneamiento y Similares
(incluye recolección de residuos y limpieza) 2,50

82305 Servicios de Hogares para ancianos,
guarderías y similares 2,50

82306 Servicios de medicina prepaga y de
entidades gerenciadoras o similares del
sistema de salud 2,50

82400 Instituciones de asistencia social 2,50

82500 Asociaciones civiles, profesionales,
laborales y religiosas, por sus ingresos.
Por los otros ingresos gravados, las
entidades deberán formalizar su
inscripción en la/s actividades alcanzadas. 3,00

82501 Asociaciones civiles, profesionales,
laborales y religiosas, por sus ingresos
exentos, de acuerdo a la resolución que
dícte la AGR. (Art.183º, inc. 1, Código
Tributario).
Por los ingresos gravados, las entidades
deberán formalizar su inscripción en la/s
actividad/es alcanzadas. 0,00

82600 Alquiler de cosas muebles no
clasificadas en otra parte 3,00

82700 Servicios de acceso a navegación y
otros canales de uso de internet (Cyber
y/o similares) 3,00

82900 Otros servicios sociales conexos 2,50


CÓDIGO SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS ALICUOTA %

83100 Servicios de elaboración de datos y
computación 3,00

83200 Servicios jurídicos 3,00

83300 Servicios de contabilidad, auditoría y
teneduría de libros 3,00

83400 Alquileres y arrendamiento de máquinas
y equipos 3,00

83401 Servicios de Investigaciones y Vigilancia 3,00

83500 Servicios de acceso a navegación y
otros canales de uso de internet (Cyber
y/o similares) 3,00

83501 Call center y Web hosting 3,00

83900 Otros servicios prestados a las empresas no
clasificados en otra parte (excepto agentes o
empresas de publicidad incluidas las de
propaganda fílmicas o televisivas) 3,00

83901 Agencias o empresas de publicidad, incluidas
las de propaganda fílmicas o televisiva,
por servicios propios 3,00

83902 Servicios prestados por agencias o
empresas de publicidad, incluidas las de
propaganda filmada o televisiva:
ingresos derivados por su
intermediación, según lo prevé el
Artículo 177º del Código Tributario 5,00

83903 Servicios de explosivos y/o voladuras
para la obtención de recursos naturales
no renovables. Incluye la provisión de
sustancias químicas, explosivos y otros
elementos conexos 5,00

CÓDIGO SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO ALICUOTA %

84100 Proyección de películas en cinematógrafos 3,00

84101 Emisiones de radio y televisión 3,00

84102 Emisión de Televisión por cable u otro
sistema que implique el pago del usuario 3,00

84103 Servicios relacionados con espectáculos
teatrales y musicales -no bailables- 3,00

84104 Servicios de prácticas deportivas (incluye
clubes y gimnasios) 3,00

84105 Servicios de juegos de salón sin apuesta
(billar, juegos infantiles, etc.) 4,00

84106 Alquiler de películas de video, DVD y
otras similares 3,00

84107 Alquiler de canchas de futbol, paddle,
vóley, bádminton y similares 3,00

84200 Bibliotecas, museos, jardines botánicos,
zoológicos y otros servicios culturales 0,00

84300 Espectáculo de esparcimiento ambulante
(circos, parques de diversiones y otros de
similar naturaleza), incluido expendio de
comidas y bebidas 4,00

84400 Servicios de espectáculos de fuegos
artificiales, luz, sonido y análogos.
Cualquiera sea su denominación, incluido
expendio de comidas y bebidas 4,00

84500 Servicios de esparcimiento y diversión
no clasificados en otra parte, incluido el
expendio de bebidas y comidas. 4,00

84900 Centros de entretenimiento familiar,
entendiéndose por tales a aquellos
establecimientos con juegos de
parques, mecánicos, electrónicos o similares,
incluido el expendio de bebidas y comidas 4,00

84901 Cabarets, whiskerías y establecimientos
análogos cualquiera sea su denominación,
incluido expendio de bebidas y comidas. 18,00

84902 Servicios de salones de baile, musicales
bailables, pistas de baile, confiterías
bailables, discotecas, pub y establecimientos
análogos cualquiera sea su denominación con
o sin espectáculos, incluido el expendio de
bebidas y comidas. 7,00

84903 Servicios de coto de caza mayor o menor,
safaris y/o similares y actividades conexas,
incluido albergue, expendio de bebidas y
comida. 10,00

84904 Servicio de alquiler y explotación de
inmuebles para fiestas 4,00

84905 Servicios de esparcimiento relacionados
con juegos de azar y apuestas (incluye
carrera de equinos y otros) 7,00


CÓDIGO SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES ALICUOTA %

85100 Servicios de reparaciones 2,50

85101 Servicio técnico-mecánico, reparación de chapa
y pintura del automotor y rodados en general 2,50

85102 Servicios de gomerías 2,50

85103 Reparaciones de artefactos electrónicos 2,50

85104 Reparaciones de calzados y artículos de cuero 2,50

85105 Servicios de tapicería 2,50

85106 Servicios de cerrajería 2,50

85200 Servicios de lavandería, establecimientos de
limpieza y teñidos 2,50

85300 Servicios personales directos (excepto
toda actividad de intermediación que se
ejerza percibiendo comisiones,
porcentajes y otras análogas) 2,50

85301 Actividad de intermediación -comisionistas y consignatarios- que tributen en el I.V.A. por
el Régimen Especial del Artículo 20º de la Ley
23.349 percibiendo comisiones, bonificaciones o porcentajes u otras retribuciones análogas, tales
como consignaciones, intermediación en la
compra-venta de títulos, de bienes muebles e
inmuebles en forma pública o privada, agencias o representaciones para la venta de mercaderías de
propiedad de terceros. 5,00

85302 Servicios de peluquería 3,00

85303 Servicios de belleza, excepto los de
peluquería. Salones de belleza y/o estética
corporal 3,00

85304 Servicios de pompas fúnebres y servicios conexos 3,00

85305 Servicios fotográficos. Estudios y laboratorios fotográficos 3,00

85306 Otros servicios no clasificados en otra parte 3,00

85307 Toda otra actividad de intermediación
que se ejerza percibiendo comisiones,
bonificaciones, porcentajes, márgenes
sobre el precio de las unidades vendidas
por el intermediario a terceros
adquirentes u otras retribuciones análogas.
Se presume sin admitir prueba en contrario,
que la base imponible no es inferior al quince
por ciento (15%) del valor de la unidad vendida. 15,00

85400 Servicios de profesionales universitarios,
excepto los relacionados con la salud 3,00

85401 Martilleros 3,00

85402 Servicios prestados mediante contrato
de locación de obra y servicios 3,00

85403 Artesanado, enseñanza, oficios 2,50

85404 Servicios personales prestados mediante
contratos de locación de obra y servicios,
pasantías educativas, etc. celebrados con el
Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, que
perciban un importe mensual de hasta Pesos:
Veinticinco Mil ($ 25.000) 0,00

85405 Servicios personales prestados mediante
contratos de locación de obra y servicios,
pasantías educativas, etc. celebrados con el
Estado Nacional, Provincial y/o Municipal: que
perciban un importe mensual superior a Pesos: Veinticinco Mil ($ 25.000) 3,00

CÓDIGO SERVICIOS FINANCIEROS Y OTROS SERVICIOS ALÍCUOTA %

91001 Préstamos de dinero, descuentos de
documentos de terceros, y demás
operaciones efectuadas por los bancos
y otras instituciones sujetas al régimen
de la Ley de Entidades Financieras 7,00

91002 Compañía de capitalización y ahorro 7,00

91003 Compañía de ahorro para fines
determinados y similares 7,00

91004 Casas, sociedades o personas que compran o
venden pólizas de empeño, realicen transacciones
o adelanten dinero sobre ellas por cuenta propia
o en comisión 7,00

91005 Empresas o personas dedicadas a la
negociación de órdenes de compra 7,00

91006 Compra venta de divisas 7,00

91007 Otras operaciones financieras 7,00

91008 Servicios de entidades de tarjeta de
compra y/o crédito 7,00

91903 Préstamos de dinero (con garantía
hipotecaria, con garantía prendaria o sin
garantía real) descuentos de documentos de
terceros, excluidas las actividades regidas por
la Ley de Entidades Financieras 7,00

91904 Préstamos hipotecarios otorgados por
las entidades financieras u otras
instituciones sujetas al régimen de la
Ley de Entidades Financieras N° 21.526, a
personas humanas, destinados a la adquisición,
construcción y/o ampliación de vivienda
única, familiar y de ocupación permanente en la
Provincia de Catamarca. 0,00

92000 Compañías de seguros 7,00

92001 Administradoras de fondos de jubilaciones
y pensiones 7,00


Las alícuotas consignadas para las actividades comprendidas en los Códigos de los Servicios Financieros y Otros Servicios y sus equivalentes codificación - NAES, no serán alcanzadas por lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 5083 y sus modificatorias, no excediendo la alícuota del siete por ciento (7%).

CÓDIGO LOCACION DE BIENES INMUEBLES ALÍCUOTA %

93000 Locación de bienes inmuebles 3,00

93001 Venta de Inmuebles 3,00


CÓDIGO VENTA DE COMBUSTIBLE ALÍCUOTA %

94001 Venta de combustibles- Expendio por
mayor con destino a reventa 1,50

94002 Venta de combustibles- Expendio por
menor al público 1,50

94003 Venta de combustibles- Expendio por
menor en una sola etapa del productor
al consumidor 3,00


CÓDIGO PROFESIONES LIBERALES NO ALÍCUOTA %
ORGANIZADAS EN FORMA DE
EMPRESA - LEY N° 19.550 Y MOD.

95000 Profesiones Liberales 3,00









Provincia de Catamarca Artículo 14 Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019
Artículo 1 ...12 13 14 15 16 ...57

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse