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Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Artículo 71 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Buenos Aires
Artículo 71.

Por los servicios que presta la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, se pagarán las tasas que se indican a continuación:

1) Certificado catastral:

Certificados catastrales, por cada Partido-Partida, o cada Parcela o Sub-parcela, según corresponda, solicitados por abogados, escribanos o procuradores, doscientos treinta y cinco pesos ......$235,00 2) Informe Catastral:

Informe catastral, ciento noventa pesos ...............$190,00 3) Certificado de valuación:

Por la certificación de valuación vigente o por cada una de las valuaciones de años anteriores de cada partida de los padrones fiscales solicitada para informe de deuda, o actuaciones notariales, judiciales o de parte interesada, ciento noventa pesos ........$190,00 4)Estado parcelario:

Por la expedición, vía telemática -web- de antecedentes catastrales para la constitución del estado parcelario, Ley Nº 10.707, trescientos diez pesos ...........................$310,00 Por la expedición de esos antecedentes catastrales para la constitución del estado parcelario, en la modalidad presencial -papel-, trescientos diez pesos .................$310,00 Por la expedición, vía telemática -web- del vectorial parcelario de inmuebles rural y urbano, por parcela, cinco pesos.........$5,00 5) Copias de documentos catastrales:

Por cada plano catastral, en formato digital, ciento cincuenta pesos............................$150,00 Por cada plano de mensura, división por el Régimen de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, en formato digital, ciento cincuenta pesos ..............$150,00 Por cada copia de plano de mensura, división por el Régimen de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, en formato papel, certificada, por lámina, doscientos pesos .............$200,00 Por cada copia de cédula catastral, plano de manzana, quinta, chacra o fracción, expedida en formato papel o digital (vía web), setenta y cinco pesos...............$75,00 Por la/s copia/s del/los formulario/s de avalúo, expedida/s de manera telemática o en formato papel, por cada parcela, setenta y cinco pesos..........................$75,00 Por cada copia de Disposiciones del artículo 6º del Decreto Nº 2489/63, setenta y cinco y cinco pesos ..............$75,00 6) Propiedad Horizontal:

Factibilidad. Por la evaluación de un proyecto a justarse al Régimen de Propiedad Horizontal, un mil novecientos cincuenta pesos ....$1.950,00 Evaluación básica, un mil novecientos cincuenta pesos ......$1.950,00 Evaluación adicional por hectárea o fracción superior a mil metros cuadrados (1.000 m2), novecientos setenta pesos ..........$970,00 Evaluación especial por cada subparcela involucrada, quinientos ochenta pesos .......................................$580,00 Por el visado previo de cada proyecto de plano, ciento treinta y cinco pesos............................$135,00 Adicional por cada sub-parcela, treinta pesos..................$30,00 Por la aprobación de cada plano, ciento noventa pesos ......$190,00 Adicional por cada sub-parcela, cuarenta y cinco pesos ......$45,00 Por el visado previo de cada proyecto de plano de posesión, ciento treinta y cinco pesos ....................... $135,00 Adicional por cada subparcela, treinta pesos...........$30,00 Por la aprobación de cada plano de posesión, ciento noventa pesos.............................$190,00 Adicional por cada subparcela, cuarenta y cinco pesos......$45,00 Por el visado previo de cada modificación de plano (rectificación), ciento treinta y cinco pesos ...................$135,00 Por la aprobación de cada modificación de plano (ratificación), ciento noventa pesos ......................$190,00 Adicional por cada sub-parcela, cuarenta y cinco pesos .......$45,00 Por la corrección de plano por cambio de proyecto, ciento noventa pesos ..............................$190,00 Adicional por cada nueva sub-parcela que origine, cuarenta y cinco pesos.............................$45,00 Por corrección de plano por error del profesional, trescientos noventa pesos ..............................$390,00 Por el retiro de tela para modificar y/o ratificar el plano aprobado, ciento ochenta pesos .......................$180,00 Por el acogimiento y registración a los beneficios previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 2489/63, por cada subparcela requerida, doscientos treinta y cinco pesos ................$235,00 Por la registración del informe de constatación del estado constructivo (Anexo II del artículo 6º del Decreto Nº 2489/63), por cada sub-parcela, doscientos treinta y cinco pesos ...........$235,00 Por el levantamiento de interdicción de plano, ciento cinco pesos..$105,00 Por el levantamiento de traba de plano, ciento setenta y cinco pesos..$175,00 Por la devolución de la tela, ciento setenta y cinco pesos .....$175,00 Por la anulación de plano, por vía judicial y/o a solicitud del particular, ciento setenta y cinco pesos .............$175,00 Por la aprobación y registración del estado parcelario de inmuebles ubicados en Conjuntos Inmobiliarios, por cada sub-parcela, un mil novecientos cincuenta pesos.......................$1.950,00 Por solicitud de plano de obra, quinientos diez pesos .......$510,00 7) Visaciones y registración de planos:

Por la visación, de acuerdo a la Circular 10/58 de la Comisión Coordinadora Permanente (Decreto Nº 10192/57), de planos de tierra y/o Conjuntos Inmobiliarios, hasta 10 parcelas o subparcelas, ciento ochenta pesos .................$180,00 Por cada parcela o excedente se abonarán cuarenta y cinco pesos .. $45,00 Por la visación, de acuerdo a la Circular 10/58 de la Comisión Coordinadora Permanente (Decreto Nº 10192/57), de planos de Propiedad Horizontal, ciento ochenta pesos .............. $180,00 Por la visación de cada plano Circular 10/58 de Inmuebles Fiscales, ciento ochenta pesos......................$180,00 Por la visación, de acuerdo a la Circular 10/58 de la Comisión Coordinadora Permanente (Decreto Nº 10192/57) de planos a los fines de afectar al derecho real de superficie, ciento ochenta pesos.$180,00 Por la registración de planos, sin generar parcelas o subparcelas, ciento noventa pesos ...............................$190,00 Cuando se generen hasta 10 parcelas o subparcelas, doscientos noventa pesos.........................$290,00 Por cada parcela o subparcela excedente, cuarenta y cinco pesos ..$45,00 Por la registración de planos, a los fines de afectar al derecho real de superficie, ciento noventa pesos .................$190,00 Por la anotación de cada plano cuya registración debe quedar pendiente, ciento ochenta pesos ................................$180,00 En caso de involucrar más de una, por cada parcela o subparcela, cuarenta y cinco pesos....................$45,00 Por la solicitud de la determinación del valor de la tierra urbana ante la presentación de un plano aprobado, ciento ochenta pesos .....$180,00 Por cada parcela, sobre la que se solicite la determinación del valor de la tierra rural, ciento ochenta pesos .................$180,00 8) Rectificación de Declaración Jurada (artículo 83 Ley Nº 10.707):

Para Inmuebles en Planta Urbana, doscientos treinta y cinco pesos .$235,00 Para Inmuebles en Planta Rural, doscientos treinta y cinco pesos ...$235,00 Adicional por hectárea, quince pesos..............$15,00 Por solicitud de servicios de inspección a parcelas en casos no previstos expresamente, quinientos noventa y cinco pesos ......$595,00 9) Constitución de estado parcelario:

Por cada cédula catastral que se registre, doscientos treinta y cinco pesos ...........................$235,00 Por la Verificación de Subsistencia del estado parcelario, doscientos treinta y cinco pesos .....................$235,00 Actualización de la valuación fiscal, ciento ochenta pesos .....$180,00 10) Relevamiento Satelital:

Por relevamiento satelital del uso del suelo y su determinación para tierra rural expedida de manera telemática:

Por cada parcela, un mil trescientos ochenta pesos .........$1.380,00 Excedente por parcela lindera, trescientos cuarenta y cinco pesos ..$345,00 Por relevamiento satelital y/o fotográfico de edificaciones u otros objetos territoriales expedido de manera telemática:

Hasta 10 parcelas con una única fecha de imagen, por parcela, cuatrocientos treinta pesos ...................$430,00 Hasta 10 parcelas estudio multitemporales, por parcela, ochocientos sesenta pesos ..........................$860,00 Más de 10 parcelas, por parcela excedente, ciento cinco pesos ..$105,00 11) Oficios judiciales y copias de actuaciones:

Por cada tramitación y contestación de oficios y pedidos de informes dirigidos a esta Agencia de Recaudación, en los que se solicitan informes, datos, antecedentes e información que obren en sus archivos, registros o cualquier fuente documental, excluidas las tasas del apartado siguiente, ciento cinco pesos .............$105,00 Por cada fotocopia de documentación obrante en actuaciones originales, por hoja oficio y doble faz, por cada foja, seis pesos ....$6,00 12) Acarreo y depósito de automóviles secuestrados:

Autos y camionetas:

Menor o igual a 50 km recorridos, un mil setecientos quince pesos..$1.715,00 Mayor a 50 km y menor o igual a 100 km, tres mil cuatrocientos cincuenta pesos .......................$3.450,00 Mayor a 100 km, cinco mil ciento diez pesos .............$5.110,00 Camiones:

Menor o igual a 50 km recorridos, siete mil ochocientos setenta pesos.........................$7.870,00 Mayor a 50 km y menor o igual a 100 km, once mil novecientos ochenta pesos ..........................$11.980,00 Mayor a 100 km, diecisiete mil ciento quince pesos ..........$17.115,00



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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