Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Artículo 162 Provincia de Buenos Aires
Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017 Buenos Aires
Artículo 162. Sustitúyese el artículo 134 de la Ley Nº 14.200, texto según Ley Nº 14.553, por el siguiente
"ARTÍCULO 134. Facúltase a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires para abstenerse de impulsar las actuaciones tendientes a obtener el cobro por la vía de apremio, cuando el monto total reclamable al contribuyente o responsable, proveniente de cualquiera de los tributos respecto de los cuales la Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación, considerados por separado y con relación a cada bien, instrumento o actividad gravados en particular, incluyendo intereses, recargos y multas firmes, no exceda la suma de pesos diez mil ($ 10.000)."
Provincia de Buenos Aires Artículo 162 Ley Impositiva, Ejercicio Fiscal 2017
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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