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Ley Impositiva Anual Artículo 5 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Anual Santa Fe
Artículo 5. Coeficientes de actualizació

A los efectos de la determinación de la base imponible a que refiere el Artículo 116 del Código Fiscal, fíjanse los siguientes coeficientes de actualización de las valuaciones fiscales de tierra y mejoras aplicables sobre los valores vigentes y ajustados conforme a la Ley 7863:

a)Sobre inmuebles urbanos y suburbanos: 5 (cinco);

b)Sobre inmuebles rurales de acuerdo con su ubicación en los siguientes Departamentos de la Provincia:


Dpto. 9 de Julio 30 (treinta)
Dpto. Vera 20 (veinte)
Dpto. Gral. Obligado 15 (quince)
Dpto. Garay 29 (veintinueve)
Dpto. San Cristóbal 27 (veintisiete)
Dpto. San Javier 23 (veintitrés)
Dpto. San Jerónimo 13 (trece)
Dpto. San Martín 11 (once)
Dpto. San Justo 35 (treinta y cinco)
Dpto. La Capital 9 (nueve)
Dpto. Las Colonias 21 (veintiuno)
Dpto. Castellanos 20 (veinte)
Dpto. Belgrano 18 (dieciocho)
Dpto. Iriondo 20 (veinte)
Dpto. Caseros 20 (veinte)
Dpto. Constitución 16 (dieciséis)
Dpto. San Lorenzo 6 (seis)
Dpto. Rosario 13 (trece)
Dpto. Gral. López 17 (diecisiete)


Los nuevos valores tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 1977.

Provincia de Santa Fe Artículo 5 Ley Impositiva Anual
Artículo 1 ...3 bis 4 5 6 7 ...58

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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