Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires Artículo 37 Provincia de Buenos Aires
Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires Buenos Aires
Artículo 37.
El Fondo Provincial de Pesca será destinado:
a.Contribuir a promover las exportaciones en coordinación con los sectores de la producción y los organismos competentes.
b.Contribuir a la incorporación de nuevas tecnologías en materia de conservación y control de calidad.
c.Contribuir al desarrollo del mercado interno.
d.Promover la investigación y la formación humana en materia vinculada con la Pesca.
e.Desarrollar medios informativos y estadísticos.
f.Asistir y fomentar proyectos de radicación industriales pesqueros.
g.Promover mediante campaña la comercialización y el consumo de los frutos de la pesca y la Acuicultura.
h.Asistir financieramente en la construcción de embarcaciones o plantas industriales, reequipamiento, adquisición de insumos, instalación de laboratorios y toda otra necesidad de la industria o la actividad pesquera o de la acuicultura.
i.Promover y asistir a la formación de Cooperativas Artesanales de Pesca, emprendimientos artesanales unipersonales y/o unifamiliares.
Provincia de Buenos Aires Artículo 37 Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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