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Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires Artículo 13 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires Buenos Aires
Artículo 13.

Queda prohibido en toda la jurisdicción de la Provincia:

a) Arrojar, colocar, hacer o dejar llegar a las aguas en forma permanente o transitoria, sustancias nocivas para la biología marina.

b) La intercepción de peces en cursos de agua, mediante instalaciones, atajos, aparejos fijos u otros procedimientos que atenten contra la conservación de la flora y fauna acuáticas.

c) Introducir toda fauna o flora exótica, agregar o difundir las existentes, que no sean objeto de cultivo o crianza en cautividad.

d) Utilizar toda clase de artes, máquinas, útiles o todo otro artefacto o procedimiento de pesca, sin expresa autorización del organismo competente.

e) Pescar con embarcaciones en el interior de los puertos artificiales.

f) Capturar recursos pesqueros en zonas vedadas a la pesca o especies que no hallan alcanzado su desarrollo comercial.

g) Explotar irracional o ineficientemente los recursos pesqueros.



Provincia de Buenos Aires Artículo 13 Ley general de pesca de la Provincia de Buenos Aires
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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