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Ley electoral Artículo 167 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley electoral Misiones
Artículo 167.

Se impone arresto de treinta (30) a cuarenta (40) días:

a) al que mediante violencia o intimidación impida a un elector ejercer un cargo electoral o sus derechos de sufragio;

b) al que mediante violencia o intimidación compela a un elector a ejercer su sufragio de manera determinada;

c) al que prive de la libertad al elector, antes o durante las horas señaladas para la elección, para impedirle el ejercicio de un cargo electoral o del sufragio;

d) al que suplante a un sufragante o vote m s de una vez en la misma elección o de cualquier otra manera emita su voto sin derecho;

e) al que sustraiga, destruya o sustituya urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio de los sufragios;

f) al que sustraiga, destruya, o sustituya boletas de sufragio desde el momento en que éstas fueron depositadas por los electores hasta la terminación del escrutinio;

g) al que falsifique en todo o en parte o use falsificada; sustituya o sustraiga una lista de sufragios o acta de escrutinio o por cualquier medio haga defectuoso o imposible el escrutinio de una elección;

h) al que falsee el resultado del escrutinio;

i) al que instale equipamiento para obtener acceso al sistema de tratamiento electrónico de los datos electorales con el propósito de alterar el escrutinio o el recuento de votos u obtener información;

j) al que viole el sistema inform tico de procesamiento de votos introduciendo un programa capaz de destruir, apagar, eliminar, alterar, gravar o transmitir datos, o provocar cualquier otro resultado diferente del previsto conforme al procedimiento regular en el sistema establecido por la presente Ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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