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Ley de urbanizaciones y fraccionamientos de tierra. Loteos y Fraccionamientos Promovidos por el Esta Artículo 11 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de urbanizaciones y fraccionamientos de tierra. Loteos y Fraccionamientos Promovidos por el Estado Córdoba
Artículo 11. Requisitos para la presentación de los planos

Para iniciar el trámite ante la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba el promotor del proyecto debe incorporar:

a) Ordenanza municipal, resolución comunal o resolución administrativa -según corresponda- declarando al proyecto de interés público y social encuadrándolo dentro del plan oficial correspondiente, ratificando la factibilidad otorgada y el compromiso efectuado por declaración jurada suscripta por el intendente municipal o presidente comunal a los fines de la efectiva realización de las obras de infraestructura a las que se hubieren obligado, conforme a las normativas y pautas técnicas dictadas por los organismos competentes;

b) Un certificado emitido por la Secretaria de Vivienda de la Provincia de Córdoba que avale que el proyecto está incluido dentro de alguno de los planes oficiales contemplados en la presente Ley;

c) Certificado de factibilidad;

d) Copia o imagen del asiento registral donde conste la inscripción -definitiva o provisoria- del dominio a favor del Estado;

e) Plano del fraccionamiento debidamente visado por el municipio o comuna donde se desarrollará el proyecto, copia de dicho plano y descripción de parcelas a los fines de su protocolización;

f) Intervención del colegio profesional correspondiente;

g) Declaración jurada del profesional de los datos valuatorios, y h) Informe técnico emitido por el profesional interviniente que, en calidad de declaración jurada, deje constancia que las calles se encuentran abiertas y las manzanas amojonadas.

La documentación prevista en el presente artículo se presentará en formato digital a través de la Plataforma Ciudadano Digital con clave de nivel 2. En tal caso el profesional interviniente es plenamente responsable por la fidelidad de los documentos presentados, los que tienen plena validez legal.



Provincia de Córdoba Artículo 11 Ley de urbanizaciones y fraccionamientos de tierra. Loteos y Fraccionamientos Promovidos por el Estado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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