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Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Artículo 34 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Buenos Aires
Artículo 34.

El Gabinete de Evaluación realizará reuniones periódicas que tendrán por finalidad:

a) Evaluar el mapa del delito, el mapa de la operatividad, el mapa de inteligencia, el mapa de emergencias 911 donde funcione el sistema, y el mapa vecinal de prevención del delito.

b) Definir y ajustar la estrategia de prevención para la jurisdicción de la Departamental.

c) Discutir y evaluar los planes y/o programas de prevención que cada jefe de las Policías de Distrito y/o Comunales propongan.

d) Medir el grado de eficacia en el desempeño de los recursos humanos, y las necesidades logísticas.

e) Compartir toda aquella información que se posea que pueda resultar de utilidad para el mejor conocimiento de la realidad criminológica de la Departamental, la elaboración de hipótesis de conflictos, el desarrollo de estrategias de prevención y/o represión de ilícitos, y la mejora del servicio policial en general.

Dichas reuniones deberán ser realizadas en sede policial, y podrán llevarse a cabo en cualquiera de las dependencias policiales del ámbito territorial de la Departamental.

El Comisionado Jefe deberá comunicar a la Subsecretaría de Participación Comunitaria y al Foro de Seguridad que corresponda, toda circunstancia que haga recomendable su intervención a los fines de generar acciones sociales preventivas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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