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Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Artículo 174 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Buenos Aires
Artículo 174.

En el ámbito de la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas, se establece la Unidad Especial de Lucha Contra el Narcotráfico con competencia territorial en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con las funciones siguientes:

1) Intervenir, por orden de autoridad judicial y/o de la Superintendencia, en todas aquellas investigaciones en las que, por su envergadura, complejidad, o características particulares, no sea conveniente asignar a la Delegación de Investigaciones correspondiente al departamento judicial respectivo.

2) Requerir, a través de la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas, la afectación de personal y medios de las delegaciones que se consideren necesarias para el cumplimiento de su labor específica.

3) Informar periódicamente, siempre que no medie orden judicial en contrario, los avances investigativos en las causas en las que se le ordene su intervención.

4) Organizar y mantener actualizado registros estadísticos de los procedimientos, información y datos relevantes para la neutralización de las distintas formas delictivas del narcotráfico en todas sus etapas.

5) Realizar informes periódicos de las actividades desarrolladas por la Unidad a la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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