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Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios Artículo 33 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios Neuquén
Artículo 33.

Los parámetros definidos en la presente ley deben ser revisados anualmente cuando se elabore el presupuesto para la Administración Pública provincial, respetando la proporcionalidad que surge de la aplicación del artículo 32, en los siguientes casos:

a) Ante la creación de una nueva asociación, el incremento no puede ser inferior al 4% del aporte que surge del artículo 32 de la presente.

b) Ante la incorporación de nuevos beneficiarios al reconocimiento a la trayectoria. Este incremento debe respetar los valores que surgen del artículo 21 de la presente ley.

La Federación Neuquina de Bomberos Voluntarios informará, a la autoridad de aplicación, los casos definidos en los incisos a) y b) del presente artículo, adjuntando la documentación respaldatoria establecida en la reglamentación de la presente ley.



Provincia del Neuquén Artículo 33 Ley de regulación de la organización y el funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios y sus cuerpos activos y la Federación Neuquina de Bomberos Voluntarios
Artículo 1 ...31 32 33 34 35 36

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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