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Ley de Organización del Ejercicio de la Función Notarial Artículo 81 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Organización del Ejercicio de la Función Notarial Misiones
Artículo 81.

Denunciada o establecida la irregularidad el Colegio tendrá las más amplias facultades, en el ámbito de su competencia, para decretar de oficio las medidas que estimare conveniente para el esclarecimiento de los hechos a través del cuerpo de inspectores notariales y hacer comparecer a notarios a prestar declaración.

Procederá a instruir un sumario, el que deberá ser efectuado con intervención del inculpado, quien podrá ser asistido o representado por otro notario o por un abogado matriculado en la Provincia. Podrá delegar la instrucción en uno de sus miembros o en un abogado de la matrícula.

El Colegio debe concluir el sumario en el término de noventa (90) días, pudiendo ampliar este plazo hasta un período más cuando las circunstancias del caso lo exigieren. Toda vista o traslado será por el plazo de cinco (5) días a partir de su notificación. Todos los plazos se computarán por días hábiles. Las notificaciones se practicarán personalmente, por telegrama colacionado, carta documento o acta notarial.

El plazo para apelar las resoluciones del Colegio será de diez (10) días.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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