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Ley de ordenamiento administrativo del personal policial Artículo 32 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de ordenamiento administrativo del personal policial San Luis
Artículo 32.

Los ascensos para cubrir vacantes en los grados de Comisario Mayor, niveles de Conducción, Ejecución y para la Carrera de Suboficiales y Agentes, se concederán verificados los siguientes requisitos:

a) Tener antigüedad mínima en el grado, según el Anexo III;

b) Aprobar el curso de actualización en seguridad;

c) Haber demostrado aptitudes éticas, morales, intelectuales y psicofísicas, que permitan razonablemente prever un buen desempeño en el grado inmediato superior, según lo dictamine la Junta de Calificaciones, conforme al legajo personal;

d) No estar comprendido en las causales de Inhabilitación establecidas en el Artículo 36 de la presente Ley;

e) Haber obtenido anualmente la calificación mínima durante el período analizado, conforme la Reglamentación correspondiente;

f) El personal femenino que acreditare formalmente el estado de gravidez, será examinado por la Junta de Calificaciones, previo haberse reintegrado al servicio activo y haber sido calificado apto por la Junta Médica Policial.-

Provincia de San Luis Artículo 32 Ley de ordenamiento administrativo del personal policial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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