Imprimir

Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes Artículo 53 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes Nacional
Artículo 53.

Facúltase a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a:

a) Dictar las normas complementarias necesarias para implementar las disposiciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), en especial lo atinente a la registración de los pequeños contribuyentes, sus altas, bajas y modificaciones;

b) Suscribir convenios con las provincias, con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipios de toda la República Argentina, previa autorización de la provincia a la cual pertenezcan, a los fines de la aplicación, percepción y fiscalización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), en cuyo caso podrá establecer una compensación por la gestión que realicen, la que se abonará por detracción de las sumas recaudadas;

c) Celebrar convenios con los gobiernos de los Estados provinciales, municipales y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de ejercer la facultad de percepción y, en su caso, de aplicación, interpretación y/o de fiscalización respecto de los tributos de las indicadas jurisdicciones, correspondientes únicamente a los pequeños contribuyentes que se encontrasen encuadrados hasta la categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se acuerde.

Los convenios celebrados entrarán en vigencia en la fecha que determine la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como inicio del período anual de pago para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), del año inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Su denuncia, por cualquiera de las partes, producirá efectos en el año inmediato siguiente a tal hecho, a partir de la fecha precedentemente indicada.

Los gastos que demande el cumplimiento de las funciones acordadas serán soportados por los estados provinciales, municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el porcentaje de la recaudación que al respecto se establezca en el convenio.

Nacional Artículo 53 Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes
Artículo 1 ...51 52 53 54 55

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse