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Ley de Ministerios Artículo 24 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Ministerios 2023 Buenos Aires
Artículo 24.

Le corresponde al Ministerio de Economía asistir al Gobernador en todo lo inherente a las materias de su competencia, y en particular:

1. Entender en los asuntos económicos, financieros, y en lo relativo a ingresos tributarios y no tributarios de la Provincia.

2. Entender en la administración de la hacienda pública y en la gestión presupuestaria provincial.

3. Intervenir en todos los asuntos atinentes a la recaudación, el gasto y la inversión.

4. Entender en lo atinente al crédito público y la deuda pública.

5. Entender en la relación con los organismos multilaterales de crédito y en la coordinación de la ejecución de las operaciones de financiamiento internacional.

6. Entender en la supervisión de los asuntos financieros de los entes públicos no estatales, Empresas y sociedades del Estado provincial y Fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Provincial.

7. Coordinar y supervisar los Subsistemas que integran la Administración Financiera Provincial conforme las previsiones de la Ley N° 13.767.

8. Entender en la relación con organismos federales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o municipales, con competencias afines.

9. Entender en lo atinente a los sistemas estadísticos y censales.

10. Entender en la organización del Registro Provincial de Inmuebles.

11. Participar en lo atinente a la emisión y cobro de los créditos fiscales, en cuanto no correspondan a otros organismos estatales.

12. Intervenir en el diseño de la política salarial del sector público.

13. Entender en el diseño y ejecución de la política inmobiliaria estatal.



Provincia de Buenos Aires Artículo 24 Ley de Ministerios 2023
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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