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Ley de Hidrocarburos Artículo 2 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Hidrocarburos La Pampa
Artículo 2.

Declárase de interés público provincial el cumplimiento de los máximos objetivos tendientes a lograr y sostener el autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la prospección, exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los mismos, a fin de garantizar la consecución de los principios que en materia de política hidrocarburífera fije y defina el Estado Nacional.

A esos fines, la provincia de La Pampa implementará políticas provinciales hidrocarburíferas tendientes a:

1) Cumplimentar los objetivos declarados en el primer párrafo de este precepto;

2) Promocionar y emplear los hidrocarburos y sus derivados como factor de desarrollo provincial y regional;

3) Integrar el capital público y privado en alianzas estratégicas, dirigidas a la prospección, exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos convencionales y no convencionales;

4) Incorporar nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y promocionar el desarrollo tecnológico en la provincia con ese objetivo;

5) Promocionar la industrialización y la comercialización de hidrocarburos con alto valor agregado;

6) Obtener saldos de hidrocarburos exportables, garantizando una explotación racional de los recursos y su sustentabilidad, para el aprovechamiento de las generaciones futuras;

7) Implementar planes destinados a incrementar racionalmente la producción e industrialización de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos, y sus derivados, como así, la industrialización de dichos recursos en su lugar de origen;

8) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales y asegurar la conservación de la diversidad biológica; y 9) Optimizar la producción con arreglo a las más racionales, modernas y eficientes técnicas en correspondencia con las características y magnitud de las reservas comprobadas.



Provincia de La Pampa Artículo 2 Ley de Hidrocarburos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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