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Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) Artículo 395 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan
Artículo 395. Ley Nº 1359-A (01/10/2015)

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, conforme a la Ley General de Expropiaciones Nº 1000-A, un terreno en menor extensión perteneciente al inmueble ubicado en el departamento Rawson e identificado con la nomenclatura catastral de origen Nº 04-50-660560, con inscripción de dominio en el Registro General Inmobiliario al Nº 7178, Fº 78, Tº 72, año 1973. El terreno a expropiarse corresponde a la parcela "A" del plano de mensura registrado bajo el Nº 04-13250-15, con nomenclatura 04-50-654578, con una superficie según mensura de 2 ha 3.409,84 m2 y según título de 2has. 3.874,26 m2. La parcela a expropiar se ubica conforme a las coordenadas Gauss Krügger indicadas en el plano de mensura Nº 04-13250-15, según el detalle siguiente:

VÉRTICE X Y 1 6503519.98 2546840.15 2 6503341.89 2546806.70 B 6503541.65 2546710.11 C 6503364.21 2546681.10



Provincia de San Juan Artículo 395 Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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