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Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) Artículo 113 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan
Artículo 113. Ley Nº 2081(09/10/1958) Suspendida la vigencia por Decreto Acuerdo 140-1964

Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de terreno de propiedad de la sucesión de don Domingo Krause o de quienes resulten sus propietarios actuales, ubicada en el distrito Villa Krause del Municipio Rawson que se delimita así: por el Norte, con calle Boulevard Sarmiento; por el Sud, con calle Quiroga; por el Este, con una línea que se determine a los sesenta metros sobre Boulevard Sarmiento partiendo del esquinero noreste sobre calle Mendoza, se dirige al Sur hasta encontrar el punto sobre calle Quiroga a los sesenta metros del esquinero sudeste ubicado también sobre calle Mendoza y por el Oeste, con calle Pasaje Argentino. La superficie será establecida por la mensura que realizará la Dirección Provincial de Catastro. La fracción que se expropia está incluida dentro de la que figura empadronada en la Dirección General de Rentas bajo partida Nº 1.318 - Cuenta 14.106, con una superficie total de 4 has. 3.795.82 m2 y avalúo de Ciento Trece Mil Pesos Moneda Nacional ($ 113.000.00 m/n).



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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