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Ley de compras y contrataciones Artículo 13 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires
Artículo 13. Formalidades de las actuaciones

 Debe dictarse el acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el artículo 7° # de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como mínimo en las siguientes actuaciones, sin perjuicio de otras que por su importancia lo hicieran necesario:

a. La autorización de los procedimientos de selección y la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares.

b. La suspensión o postergación de la fecha de apertura de ofertas.

c. La preselección de los oferentes en la licitación de etapa múltiple.

d. La aceptación de la propuesta en la modalidad de iniciativa privada.

e. La declaración de que el llamado hubiere resultado desierto o fracasado.

f. La adjudicación y la aprobación del procedimiento de selección.

g. La determinación de dejar sin efecto el procedimiento.

h. La revocación de los actos pertinentes del procedimiento administrativo.

i. La aplicación de penalidades o sanciones a los oferentes o cocontratantes.

j. La suspensión, resolución, revocación, rescisión, modificación, transferencia y cesión del contrato.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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