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Ley de asignaciones familiares Artículo 57 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de asignaciones familiares Santa Fe
Artículo 57.

Créase la Comisión Asesora de Asignaciones Familiares, la que estará integrada por los Directores Generales de Seguridad Social y del Personal de la Provincia y un representante del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y tendrá a su cargo las siguientes funciones:

a) Emitir opinión en las cuestiones de interpretación que se susciten con motivo del régimen de asignaciones familiares que sean sometidas a su dictámen;

b) Proponer el dictado de resoluciones normativas atinentes a la aplicación del régimen de asignaciones familiares;

c) Proponer modificaciones a las normas de aplicación del régimen de asignaciones familiares;

d) Requerir información a los organismos y reparticiones nacionales, provinciales, municipales y a entidades privadas, a los fines prropuestos en los incisos anteriores.



Provincia de Santa Fe Artículo 57 Ley de asignaciones familiares
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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