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Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 107 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 107. Eutrofización

En cuerpos de agua que por sus características puedan estar sometidos a procesos de eutrofización que afecten a la biota acuática y la calidad del agua para diversos usos sustantivos tales como fuente de provisión de agua para consumo humano, irrigación, bebida animal y actividades recreativas con contacto directo e indirecto, la Autoridad de Aplicación y las Autoridades Competentes deberán:

a) Exigir el tratamiento para la remoción de nutrientes de toda descarga, ya sea de efluentes industriales, cloacales o de la producción agropecuaria, conforme los niveles mínimos establecidos en la normativa vigente;

b) Coordinar el control de la aplicación de fertilizantes y de prácticas agrícolas que aporten cantidades objetables de nutrientes a los cuerpos de agua en forma dispersa.



Provincia de Santa Fe Artículo 107 Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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