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Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provi Artículo 52 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provincial Córdoba
Artículo 52. Créditos de Corto Plazo

EL Poder Ejecutivo podrá hacer uso del crédito a corto plazo a fin de obtener recursos con destino al pago de gastos de la administración general y por un monto que no exceda la duodécima parte de los recursos proyectados para el ejercicio financiero correspondiente, el que deberá quedar cancelado dentro del ejercicio en que hayan sido afectados los fondos obtenidos.

Las limitaciones contenidas por el presente artículo no serán de aplicación cuando medien a juicio del Poder Ejecutivo necesidades excepcionales o de extrema urgencia; en cuyo caso el único condicionamiento será que el monto del crédito a obtener para la administración general no supere el veinte por ciento (20%) de los recursos proyectados para la misma en el ejercicio financiero correspondiente.

Provincia de Córdoba Artículo 52 Ley de administración financiera y del control interno de la administración general del estado provincial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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