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Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Artículo 6 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 6.

Las vacantes de personal permanente que se produzcan en cualquier jurisdicción, organismo o entidad, de la administración centralizada o descentralizada, originadas en renuncias, retiros, jubilaciones, o en razones de cualquier otra naturaleza, no podrán ser cubiertas y sus vacantes presupuestarias quedarán automáticamente absorbidas por el Ministerio de Economía constituyendo con ellas una reserva de cargos cuya cobertura o restitución al organismo cedente, será solamente atribución del Poder Ejecutivo provincial.

En consecuencia, las facultades de designación o contratación de personal quedan suspendidas para todos los entes y organismos del Estado provincial, salvo cuando medien razones plenamente justificadas y autorización expresa del Poder Ejecutivo provincial.

Las designaciones o contrataciones que se produzcan en violación a lo dispuesto en el presente artículo, serán consideradas nulas, y su costo económico o cualquier demanda judicial o extrajudicial relacionada con la misma recaerá sobre el o los funcionarios que procedieron a dicha designación o contratación.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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