Imprimir

La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos Artículo 62 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos Córdoba
Artículo 62. Autoridad de Aplicación. Atribuciones

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por intermedio de la Dirección de Mediación o del organismo que en el futuro la reemplace, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, teniendo a su cargo las siguientes atribuciones:

1) Fijar las políticas del Poder Ejecutivo Provincial sobre la implementación, desarrollo y puesta en marcha de la mediación en el territorio provincial;

2) Desarrollar programas de promoción de la autogestión de conflictos en los diferentes ámbitos de desarrollo de la convivencia ciudadana;

3) Celebrar convenios con el Estado Nacional, estados provinciales, municipalidades y comunas, entes públicos y privados, cualquiera sea su naturaleza, que tenga por finalidad el cumplimiento de los objetivos que refiere el inciso 2);

4) Promover, desarrollar y ejecutar conjuntamente con las instituciones mencionadas en el inciso 3) de este artículo programas de mediación comunitaria;

5) Inscribir en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba a los mediadores que hayan cumplido con los requisitos que reglamentariamente se establezcan;

6) Otorgar matrícula a los mediadores mencionados;

7) Determinar las condiciones de admisibilidad y pautas de evaluación para la obtención por parte de los solicitantes de la matrícula habilitante;

8) Organizar el Registro de Mediadores y llevar un legajo personal de cada uno de ellos;

9) Solicitar información al Tribunal Superior de Justicia sobre la cantidad de causas que tramiten por ante el Centro Judicial de Mediación y cualquier otro dato relevante a los fines estadísticos;

10) Receptar de los mediadores habilitados el formulario estadístico previsto por la presente Ley y confeccionar estadísticas de acceso público con la información allí vertida;

11) Recibir denuncias por infracción de mediadores en su actuación;

12) Aplicar, por medio del Tribunal de Disciplina de Mediación, las medidas correctivas del accionar de los mediadores y centros de mediación, de conformidad a las normas éticas que se dicten;

13) Aplicar sanciones y multas a las partes intervinientes en el proceso de mediación;

14) Coordinar e instrumentar normas procedimentales para la ejecución de las políticas que refiere el inciso 1) de este artículo;

15) Promover la capacitación continua y la especialización de los mediadores como condición para el mantenimiento de la matrícula y para el desarrollo de competencias específicas para el logro de la excelencia en el servicio que prestan los mediadores en los diferentes ámbitos de mediación;

16) Integrar con uno o más mediadores habilitados los comités de crisis, cuando fuere solicitado;

17) Protocolizar las actas de cierre de los procesos de mediación llevados a cabo en centros privados y en centros públicos, con excepción del Centro Judicial de Mediación que protocoliza sus propias actas;

18) Verificar el correcto pago de las Tasas Retributivas de Servicios a su cargo;

19) Habilitar los centros de mediación, propiciar actividades de colaboración recíproca y realizar el monitoreo de su funcionamiento;

20) Homologar las actividades de formación básica y capacitación continua de mediadores desarrolladas por instituciones académicas, centros demediación y capacitación y formadores, y 21) Realizar toda otra gestión necesaria para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.



Provincia de Córdoba Artículo 62 La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos
Artículo 1 ...60 61 62 63 64 ...82

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse