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Juicio por Jurados y con Vocales Legos Artículo 14 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut
Artículo 14. PADRÓN DE JURADOS

Antes del día quince (15) del mes de octubre de cada año, el Tribunal Electoral de la Provincia del Chubut, con intervención de la Lotería del Chubut, elaborará del Padrón electoral por sorteo y en audiencia pública, una lista de ciudadanos discriminados por sexo que cumplan con los requisitos del Artículo 10° para cada una de las circunscripciones judiciales, a razón de cuatro o más jurados por cada setecientos (700) electores masculinos y femeninos empadronados en el registro general actualizado.

A los efectos de evitar sorteos complementarios innecesarios, se estimará, previo al sorteo anual, el número suficiente de jurados de ambos sexos que cada circunscripción judicial deberá tener de acuerdo a las proyecciones aproximadas de juicios orales a realizarse en cada distrito. La estimación se hará previendo un número mayor de jurados ante posibles depuraciones. Finalizado el sorteo, se verificará que cada circunscripción judicial haya quedado efectivamente con el número suficiente de jurados sorteados de ambos sexos como para afrontar las proyecciones aproximadas de juicios orales a realizarse en el año calendario, incluyéndolas eventuales depuraciones. En caso de no ser así, se proseguirá con el sorteo hasta alcanzar la cifra requerida.

A los fines del sorteo y sin perjuicio de su realización en acto público, se cursarán invitaciones para presenciarlo a los Colegios de Abogados de las distintas circunscripciones, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios, al Sindicato de Trabajadores Judiciales y a las demás entidades vinculadas al quehacer jurídico.

El sorteo lo realizará el Presidente de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia ante los asistentes y el secretario quien labrará un acta que deberá ser firmada por todos los presentes. La misma se adjuntará a las listas, que se remitirán a cada circunscripción en combinación con la Oficina Judicial dentro de los cinco (5) días siguientes.

Las listas se confeccionarán por orden alfabético, expresando el nombre de cada persona, documento de identidad, su domicilio, profesión u ocupación habitual.

El primer sorteo anual del Padrón electoral previsto en el presente Artículo se llevara adelante, conforme las reglas aquí previstas, antes del día quince (15) del mes de octubre del año 2020.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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