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Juicio Penal por Jurados Artículo 23 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Juicio Penal por Jurados Chaco
Artículo 23. AUDIENCIA PRELIMINAR PREPARATORIA DEL JUICIO POR JURADOS

Vencido el plazo de los actos conclusivos, la oficina judicial sorteará en presencia de las partes el nombre del juez penal que presidirá el debate y que realizará la audiencia preparatoria al mismo.

El juez penal designado convocará a las partes a una audiencia preliminar oral, pública y obligatoria, dentro de los cinco días siguientes, en cuyo ámbito se tratarán las cuestiones planteadas.

La audiencia se llevará a cabo según las reglas del debate, con la presencia ininterrumpida del juez, del imputado y de las partes constituidas en el procedimiento y se registrará íntegramente en audio, video o taquigrafía. Se desarrollará oralmente y durante su realización no se admitirá la presentación de escritos.

Si se hubiere solicitado, el juez resolverá sobre la procedencia de la suspensión del proceso a prueba o del procedimiento abreviado. También se resolverán las excepciones que no se hubiesen planteado con anterioridad o fueren sobrevinientes y la unión o separación de juicios.

Durante la audiencia preliminar cada parte podrá formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que estimare relevantes con relación a las pruebas ofrecidas por las demás, especialmente las convenciones probatorias ante hechos notorios.

También se tratarán las estipulaciones o acuerdos probatorios a los que lleguen las partes y que versen sobre aspectos en los cuales no haya controversia sustantiva. Las estipulaciones podrán ser planteadas incluso durante el transcurso del debate y el juez las autorizará siempre que no impliquen renuncia de los derechos constitucionales. Tales acuerdos hacen que las partes aceptan como probados alguno o algunos de los hechos y sus circunstancias y serán puestos en conocimiento del jurado en la forma que las partes lo estimen más conveniente.

Las partes también podrán acordar o solicitarle al juez que, junto con la citación a la audiencia de selección de jurados, se remita a los potenciales jurados un cuestionario para favorecer la sinceridad de las respuestas, agilizar la audiencia y determinar si algún interrogatorio debe realizarse en forma privada y no ante el pleno de los potenciales jurados. Para la confección del cuestionario, ambas partes propondrán preguntas, podrán objetar las que consideren inapropiadas y el juez resolverá de modo irrecurrible. Las partes podrán hacer sus reservas para la eventual revisión. Las respuestas serán entregadas a las partes antes del inicio de la audiencia, no revelarán la identidad de los candidatos a jurado (que sólo se identificarán por su número de sorteo) y sólo podrán ser conocidas por el juez y las partes, aunque integrarán el registro del juicio.



Provincia del Chaco Artículo 23 Juicio Penal por Jurados. Modifica la Ley 3 (Ley Orgánica del Poder Judicial)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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