Industrias creativas, desarollo, fomento, incentivo y protección. Creación de Fondo de Producción (Industrias creativas, desarollo, fomento, incentivo y protección. Creación de Fondo de Producción) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Industrias creativas, desarollo, fomento, incentivo y protección. Creación de Fondo de Producción Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. La presente ley tiene como objeto desarrollar, fomentar, incentivar y...
- Artículo 2. Las Industrias Creativas comprenderán los sectores que conjugan creación,...
- Artículo 3. Créase el Fondo de Producción para las Industrias Creativas, el que tendrá...
- Artículo 4. El Fondo de Producción para las Industrias Creativas estará conformado por...
- Artículo 5. Los recursos del Fondo de Producción para las Industrias Creativas se...
- Artículo 6. Para acceder a los beneficios establecidos en la presente ley se deberá...
- Artículo 7. En el proceso de calificación y aprobación de proyectos se priorizarán los...
- Artículo 8. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Industria de la Provincia,...
- Artículo 9. Corresponde a la autoridad de aplicación: a) fomentar y gestionar el...
- Artículo 10. Serán beneficiarios de los instrumentos promocionales establecidos en la...
- Artículo 11. No podrán ser beneficiarios del fomento de esta ley: a) las personas...
- Artículo 12. Para acceder al beneficio de créditos de fomento, el beneficiario deberá...
- Artículo 13. Los Ingresos Brutos derivados de las actividades directamente vinculadas a...
- Artículo 14. Los instrumentos suscritos por beneficiarios del presente régimen, cuyo...
- Artículo 15. Los beneficios impositivos del presente régimen son intransferibles
- Artículo 16. La Agencia de Recaudación Fueguina reglamentará el procedimiento para el...
- Artículo 17. Se consideran infracciones al presente régimen: a) destinar el...
- Artículo 18. Las infracciones previstas en el artículo anterior serán sancionadas con:...
- Artículo 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Estableciendo que las obras efectuadas con recursos del fideicomiso Austral en inmuebles de propiedad municipal quedarán como parte del patrimonio de los estados municipales Declara la emergencia del Sistema Sanitario en todo el ámbito de la provincia Asociación casa del niño San Francisco de Asis Secretaría de Estado de Seguridad Día del Maestro Bicontinental ArgentinoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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