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Incorpora al cuadro tarifario SECHEEP tasa adicional Artículo 2 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Incorpora al cuadro tarifario SECHEEP tasa adicional Chaco
Artículo 2.

La recaudación de la tasa creada en el artículo precedente, estará a cargo de SECHEEP, quedando la misma destinada en forma exclusiva al pago del consumo de energía eléctrica y mantenimiento del servicio de alumbrado público de todas las localidades del territorio provincial en las que SECHEEP preste el servicio.

La Empresa SECHEEP retendrá el sesenta por ciento (60%) de lo recaudado imputándolo a pagos de energía eléctrica por la prestación que dicha Empresa realiza y transferirá mensualmente a los municipios el cuarenta por ciento (40%) restante de lo recaudado a fin de que los mismos cumplimenten la obligación de mantener el alumbrado público.

Los Municipios que adhieran a la presente ley, conveniarán con la Empresa SECHEEP los mecanismos de transferencia mensual que se realizarán sobre la base de la cantidad de los usuarios de cada municipio, determinándose el índice de los mismos en forma anual.



Provincia del Chaco Artículo 2 Incorpora al cuadro tarifario SECHEEP tasa adicional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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