Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se exíme del pago, por un plazo de cinco (5) años, del pago del impuesto a la firma SUIZO ARGENTINA S.A (Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se exíme del pago, por un plazo de cinco (5) años, del pago del ) Provincia de Tucumán
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se exíme del pago, por un plazo de cinco (5) años, del pago del impuesto a la firma SUIZO ARGENTINA S.A Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Exímese, por un plazo de cinco (5) años, del pago del Impuesto sobre los...
- Artículo 2. Para la procedencia del beneficio establecido en el artículo anterior, la...
- Artículo 3. El beneficio que se establece tendrá vigencia a partir del anticipo...
- Artículo 4. La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Economía
- Artículo 5. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo queda facultado a establecer por vía reglamentaria los...
- Artículo 7. Los beneficios de la presente Ley, se otorgarán a toda empresa del mismo...
- Artículo 8. Comuníquese
Otras regulaciones
Establece disposiciones en caso de amenazas y lesiones al Personal Docente Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar a la firma cerveceria y malteria quilmes saicayg con domicilio en calle Charcas N° 5160 CABA Se prohíbese a todos los proveedores de servicios de cobranza extrabancaria de servicios públicos, impuestos nacionales Creación del Centro Judicial Capital, cuatro Juzgados Civiles en Familia y Sucesión Adhesión de la Provincia a la Ley N° 27.159Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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